Vigente
8/7/2021
RC-1033-21
Dispone que, a partir del 9 de agosto del corriente año, todos los organismos jurisdiccionales que integran la Administración de Justicia provincial, los órganos de gobierno de esta Suprema Corte y los Registros Públicos, deberán librar indefectiblemente los oficios a la Administración Federal de ingresos Públicos (AFIP) en el marco de una causa judicial y/o administrativa ya iniciada, en formato digital, a través del Sistema de Notificaciones y Presentaciones Electrónicas.
Genoud
Kogan
Torres
Soria
SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN