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DATOS DE LA NORMA

Norma:

RC 4162 09

Contenido temático:

Integración de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial Zárate-Campana con Jueces del fuero

Fecha:

23/12/2009

Magistrados firmantes:

Genoud-Kogan-Pettigiani-de Lázzari

Origen:

SECRETARÍA DE PLANIFICACIÓN

Alcance:

Histórico

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Normativas principales:

TEXTOS DE LA NORMA

Resolución Nº 4162/09

Ref. nota nº 2729-2009 

///PLATA,     23                de diciembre de 2009.

                                            VISTO Y CONSIDERANDO: Las presentaciones formalizadas por el doctor Roberto Patricio Ortenzi, Presidente de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Zárate - Campana, manifestado los inconvenientes que genera la integración de dicho organismo con magistrados de la Cámara en lo Civil y Comercial departamental (conf. normativa vigente), motivo por el cual solicita se contemple la posibilidad de autorizar a tal fin la desinsaculación de jueces de su mismo fuero y jurisdicción, priorizando así la especialidad sobre la jerarquía.

                                            Que dicho requerimiento se funda en que ambas Cámaras departamentales cuentan con una sola Sala, sobre las cuales pesa un considerable cúmulo de trabajo que torna engorrosa la coordinación de audiencias, a lo que se aduna la prolongada licencia por enfermedad concedida al doctor Juan Carlos Valerio, juez integrante del Tribunal en cuestión.

                                            Que el reemplazo de los miembros de los Tribunales de Alzada en caso de vacancia, licencia, excusación o cualquier otro impedimento, se encuentra previsto en el artículo 39º de la Ley 5827 y en la resolución nº 1040/82, estableciéndose un criterio general de prioridad contrario al requerido.

                                            Que sin perjuicio de lo expuesto, resultando atendibles las razones esgrimidas como fundamento de lo peticionado, y atento lo resuelto en casos análogos (ver Res. 593/03, 2617/03, 2691/04, 1156/05 y 3430/04, entre otras), deviene pertinente proceder en consecuencia, a fin de evitar que se resienta el normal desenvolvimiento de la función propia de los señores Camaristas y la adecuada prestación del servicio de justicia.

                                            POR ELLO, la Suprema Corte de Justicia, en ejercicio de sus atribuciones,

RESUELVE:

                                            Disponer que en los casos en que deba integrarse la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del departamento judicial de Zárate - Campana, por vacancia, excusación, recusación o cualquier otro impedimento, se podrá desinsacular a los jueces del mismo fuero y jurisdicción, exceptuando a quien hubiere prevenido en la causa de que se trate.                                                  

                                       Regístrese y comuníquese.

 

FIRMADO: LUIS ESTEBAN GENOUD, HILDA KOGAN, EDUARDO JULIO PETTIGIANI, EDUARDO NÉSTOR de LAZZARI. Ante mi: RICARDO MIGUEL ORTIZ (Secretario de Sub. Servicios Jurisdiccionales).